
Sí, lo es. Ya existe un marco legal explícito sobre historias clínicas digitales.
ConsultorioMOVIL cumple con todos los requisitos de Leyes y decretos reglamentarios relacionados con Historia Clínica Digital. Ley 26.529 de Derechos del Paciente y Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
ConsultorioMOVIL cumple con todos los requisitos de Leyes y decretos reglamentarios relacionados con Historia Clínica Digital. Ley 26.529 de Derechos del Paciente y Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
A su vez cumple con las características que deben preservarse en la Historia Clínica Electrónica según el Código de Ética de la Asociación Médica Argentina (AMA) que da entidad a la informatización de la documentación médica, mediante el Art.185 del Capítulo 11 referido a la historia clínica.
1 Inviolabilidad: Que la información no pueda ser adulterada.
2 Autoría: El sistema deberá otorgar garantías acerca de la, identidad de quien ingresa los datos (asegurar que un usuario particular es quien dice ser). Esto se logra con la firma digital.
3 Confidencialidad: Se debe impedir que los datos sean leídos, copiados o retirados por personas no autorizadas. En nuestro país, la Ley de Hábeas Data y la Constitución Nacional, obligan a garantizar una adecuada protección de los datos de las personas y del acceso a la información.
4 Secuencialidad: El sistema debe garantizar que los datos sean ingresados en forma cronológica.
5 Temporalidad: Todo registro en la historia clínica debe automáticamente llevar adosado el día y la hora en que se realizó.
6 Disponibilidad: Debe garantizarse que la información se encuentre disponible en todo momento y lugar cuando se la necesite.
7 Integridad: El sistema debe alertar si el registro fue adulterado a posteriori de la firma.
8 Durabilidad: La información generada debe permanecer inalterable en el tiempo.
9 Transportabilidad e Impresión: El sistema debe permitir que el paciente pueda disponer de una copia de su historia clínica, ya sea en soporte electrónico o en papel.
2 Autoría: El sistema deberá otorgar garantías acerca de la, identidad de quien ingresa los datos (asegurar que un usuario particular es quien dice ser). Esto se logra con la firma digital.
3 Confidencialidad: Se debe impedir que los datos sean leídos, copiados o retirados por personas no autorizadas. En nuestro país, la Ley de Hábeas Data y la Constitución Nacional, obligan a garantizar una adecuada protección de los datos de las personas y del acceso a la información.
4 Secuencialidad: El sistema debe garantizar que los datos sean ingresados en forma cronológica.
5 Temporalidad: Todo registro en la historia clínica debe automáticamente llevar adosado el día y la hora en que se realizó.
6 Disponibilidad: Debe garantizarse que la información se encuentre disponible en todo momento y lugar cuando se la necesite.
7 Integridad: El sistema debe alertar si el registro fue adulterado a posteriori de la firma.
8 Durabilidad: La información generada debe permanecer inalterable en el tiempo.
9 Transportabilidad e Impresión: El sistema debe permitir que el paciente pueda disponer de una copia de su historia clínica, ya sea en soporte electrónico o en papel.
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